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Lourdes Pérez

La mirada

¿Es el fraude fiscal un delito contra todos?

La pregunta que titula este post es a la que se enfrenta, en el fondo, el juez Castro después de que la Audiencia de Palma le haya dado parcialmente la razón al confirmar la imputación contra Cristina de Borbón por dos delitos fiscales. No hay duda -al menos los magistrados de la causa no la tienen- de que concurren indicios de peso para que la todavía infanta de España sea sentada en el banquillo de los acusados por haber cooperado en las conductas irregulares protagonizadas por su marido, Iñaki Urdangarin, a través de la sociedad Aizoon que ambos compartían. Pero aunque la situación procesal de la imputada acaba de empeorar notablemente, pese a desembarazarse del señalamiento por blanqueo de capitales, la gran incógnita es si finalmente terminará juzgada o no. El problema es sencillo: contra la infanta solo actúa una acusación, popular en este caso, ejercida por el sindicato de orientación ultraderechista Manos Limpias, porque no lo hacen ni la Fiscalía, que viene defendiendo a ultranza la inocencia de la infanta, ni la Agencia Tributaria, que sería la principal víctima del fraude supuestamente cometido. Y es aquí donde entra en juego la doctrina -más bien doble doctrina- del Tribunal Supremo para aquellos sumarios en los que no se persona el Ministerio Público ni hay acusación particular. En 2007, el Supremo alumbró lo que se conoce como la ‘doctrina Botín’. El presidente del Banco Santander recientemente fallecido pudo esquivar el procesamiento por unas cesiones de crédito al interpretar los magistrados, en línea con lo que ya había dictaminado la Audiencia Nacional, que se trataba de un delito de ámbito ‘privado’ por decirlo así y que en consecuencia no bastaba para seguir adelante con que acusara solo la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes. Pero poco después, el Supremo corrigió su propia posición en el ‘caso Atutxa’ avalando el proceso contra el expresidente del Parlamento Vasco y sus compañeros Gorka Knörr y Kontxi Bilbao por negarse a disolver el grupo de la ilegalizada Batasuna pese a que únicamente le acusaba Manos Limpias, una vez que la Fiscalía se descolgó de la causa tras pasar el Gobierno de manos del PP al PSOE. En este procedimiento, el Alto Tribunal entendió que lo que estaba en juego -un delito de presunta desobediencia- repercutía en el interés general y por eso amparó la solitaria personación de Manos Limpias.

¿Botín o Atutxa para la infanta? La decisión corresponde en principio al juez Castro, que habrá de resolver si sienta en el banquillo o no a Cristina de Borbón en el auto de apertura del juicio oral contra los imputados por los manejos de Nóos. En su auto de hoy, la Audiencia de Palma constata, sin citarla por su nombre, que la ‘doctrina Botín’ constituye un escollo para sentar en el banquillo a la primera integrante de la Familia Real que se vería en semejante trance. Pero también introduce un matiz, al recordar que a diferencia de lo que ocurría en la causa contra el banquero, la Fiscalía sí cree aquí que existen ilícitos fiscales aunque no se los impute a la infanta. “Hacienda somos todos”, constata una fuente del Supremo, que aventura que Castro hará valer el interés general que habría sido vulnerado para que se acabe juzgando a Cristina de Borbón. Ese “Hacienda somos todos” es el mismo argumento al que se aferra Manos Limpias para reivindicar que el instructor llegue hasta el final.

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