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Inma Larzabal

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Cierre de empresa- Contrato de relevo

A través del correo electrónico recibí la siguiente consulta de J.A.:
Soy un prejubilado con contrato de relevo  y mi pregunta es la siguiente, si la empresa multinacional cierra la planta que tiene en Euskadi pero sigue con otras abiertas en otros países como queda mi situación ? me mantienen las condiciones firmadas? me despiden como al resto de plantilla ? paso al paro ? me indemnizan ? cuanto y a razón de que ?
Muchas gracias
En primer lugar, para el cierre de la planta con la extinción de los contratos o traslado de los trabajadores a otras plantas, tienen que existir causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si la planta tiene representantes de los trabajadores, la empresa deberá negociar con éstos las condiciones de los despidos o traslado a otras plantas (entiendo que dentro del territorio nacional). Si no hay representantes, se nombrará una comisión de trabajadores para la negociación.
Su caso debería formar parte de las negociaciones y dependerá del resultado de las mismas. En definitiva podrá acordarse su despido con desempleo, el traslado a otra planta (no lo considero probable en su situación teniendo en cuenta, además, que según parece por la consulta que plantea, se tratará de un traslado fuera del territorio nacional) u otras soluciones. Si se acuerda su despido, la indemnización legal, dándose las causas antes expuestas, es de 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades, salvo indemnización superior pactada en Convenio Colectivo. La base de cálculo será el salario real actual. También cabe la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social hasta la edad de la jubilación, pudiendo pactarse la participación empresa-trabajador en su coste.
Por tanto, debería ser objeto de negociación y si no se alcanzara acuerdo alguno, la decisión final que adopte la empresa, podrá impugnarse colectivamente por los representantes de los trabajadores o individualmente por el trabajador afectado.

 

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