{"id":46,"date":"2013-06-06T19:36:37","date_gmt":"2013-06-06T17:36:37","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/?p=46"},"modified":"2013-06-06T19:36:37","modified_gmt":"2013-06-06T17:36:37","slug":"periodos-cotizados-en-el-extranjero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/2013\/06\/06\/periodos-cotizados-en-el-extranjero\/","title":{"rendered":"Periodos cotizados en el extranjero"},"content":{"rendered":"<p>Hay muchas personas que, por diversos motivos, se trasladan a trabajar en el extranjero y se les puede plantear dudas de si vale o no el periodo que se cotice fuera. En concreto I.L. me traslada la siguiente cuesti\u00f3n:<\/p>\n<p><em>Mi novio y yo somos del Pa\u00eds Vasco pero llevamos ya 7 viviendo en el Reino Unido. Yo estoy trabajando en una empresa pero mi novio es aut\u00f3nomo y le gustar\u00eda saber si lo que \u00e9l ha trabajado en el Reino Unido le ha servido para cotizar en Espa\u00f1a.<\/em><\/p>\n<p>Existe normativa europea que regula la coordinaci\u00f3n de los reg\u00edmenes de la Seguridad Social de los estados miembros y que se aplica a todos los nacionales de un estado miembro de la UE, del EEE (Espacio Econ\u00f3mico Europeo) o de Suiza y que hayan estado sujetos a la legislaci\u00f3n de la Seguridad Social de uno o m\u00e1s estados miembros.<\/p>\n<p>En virtud de dicha normativa, el estado miembro donde se solicite una prestaci\u00f3n a la Seguridad Social, deber\u00e1 tener en cuenta los periodos de seguro, empleo, de actividad por cuenta propia o de residencia cubiertos bajo la legislaci\u00f3n de cualquier otro estado miembro. Con ello el trabajador tiene la garant\u00eda de que las prestaciones pueden abonarse en otro estado y que el periodo cotizado en uno de los pa\u00edses miembros computa para el resto de estados. Por tanto y en vuestro caso concreto se deber\u00e1 tener en cuenta el periodo que haya estado trabajando por cuenta propia en Reino Unido como si hubiera realizado en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Al margen de la consulta, dos cuestiones:<\/p>\n<ul>\n<li>A efectos de optar a una prestaci\u00f3n por desempleo, se exige que a la vuelta a Espa\u00f1a se cotice por un nuevo per\u00edodo que genere derecho a la prestaci\u00f3n; en ese caso se computa las cotizaciones que se realicen en el pa\u00eds extranjero que se sumar\u00e1n a los d\u00edas que se hayan trabajado en Espa\u00f1a con posterioridad.<\/li>\n<li>Si el trabajo se desempe\u00f1a fuera de la UE, EEE o Suiza habr\u00e1 que comprobar si existe o no alg\u00fan convenio bilateral entre ese pa\u00eds concreto y Espa\u00f1a para saber si pueden contabilizarse los periodos cotizados en aquel.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hay muchas personas que, por diversos motivos, se trasladan a trabajar en el extranjero y se les puede plantear dudas de si vale o no el periodo que se cotice fuera. En concreto I.L. me traslada la siguiente cuesti\u00f3n: Mi novio y yo somos del Pa\u00eds Vasco pero llevamos ya 7 viviendo en el Reino [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":80,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[32,35,51,83,104],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/46"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/users\/80"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=46"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/46\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=46"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=46"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=46"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}