{"id":64,"date":"2014-01-16T13:50:51","date_gmt":"2014-01-16T12:50:51","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/?p=64"},"modified":"2014-01-16T13:50:51","modified_gmt":"2014-01-16T12:50:51","slug":"puedo-negarme-a-firmar-una-carta-de-despido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/2014\/01\/16\/puedo-negarme-a-firmar-una-carta-de-despido\/","title":{"rendered":"\u00bfPuedo negarme a firmar una carta de despido?"},"content":{"rendered":"<p>Transcribo una consulta recibida de E.L. a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico por si pudiera ser de inter\u00e9s a otras personas que est\u00e9n en su misma situaci\u00f3n:<\/p>\n<p><em>Me pongo en contacto con usted por si pudiera orientarme ya que es muy probable que a mediados de enero vaya a ser despedida de mi empleo actual y tengo una duda respecto a la indemnizaci\u00f3n por despido que deber\u00eda percibir.<\/em><\/p>\n<div><em>Llevo trabajando en esta empresa desde 2009, si bien en 2011 se nos indic\u00f3 a todos los trabajadores que la raz\u00f3n social como tal iba a cerrar y que todos volver\u00edamos a ser contratados por una nueva empresa (misma ubicaci\u00f3n, mismas tareas y mismos trabajadores, pero distinto nombre). Todos accedimos, para lo cual firmamos varios documentos, entre ellos, el finiquito (no se habl\u00f3 de ello en la reuni\u00f3n previa y tal como estaba previsto no se abon\u00f3, puesto que seguimos trabajando al d\u00eda siguiente), y otro texto que dec\u00eda lo siguiente: &#8220;Que han formalizado un contrato de trabajo indefinido con fecha X\/X\/2011. Que la empresa, y a todos los efectos, reconoce al trabajador una antig\u00fcedad desde X\/X\/2009&#8221;.<\/em><\/div>\n<div><\/div>\n<div><em>Le agradecer\u00eda si me pudiera indicar si, en esta situaci\u00f3n, la indemnizaci\u00f3n a percibir deber\u00eda ser desde 2009 o desde 2011. Asimismo, en caso de que se me ofreciera una indemnizaci\u00f3n que no me corresponde, si puedo negarme a firmarla sin perder por ello las opciones a cobrarla en el futuro.<\/em><\/div>\n<div><\/div>\n<div>Tal y como comenta, tienen firmado por parte de la nueva empresa un reconocimento de antig\u00fcedad desde el 2009 a todos los efectos, por lo que la supuesta indemnizaci\u00f3n que le abonen debe estar calculada con la antig\u00fcedad del 2009 y no del 2011. Si Ud. no est\u00e1 conforme con el despido tiene 20 d\u00edas h\u00e1biles para reclamar contra el mismo. Si no quiere discutir el despido pero no est\u00e1 de acuerdo con la cantidad que le abonen como indemnizaci\u00f3n, el plazo para reclamar judicialmente esas diferencias ser\u00e1 de 1 a\u00f1o. En ambos casos, no hay problema de firmar la recepci\u00f3n de la carta, ello no implica su conformidad, lo que no deber\u00e1 firmar es ning\u00fan otro documento de finiquito en el que se se\u00f1ale que con el percibo de las cantidades que le ofrece la empresa, est\u00e1 Ud. conforme y se diga expresamente que no tiene nada que reclamar a la empresa por ning\u00fan concepto.<\/div>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Transcribo una consulta recibida de E.L. a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico por si pudiera ser de inter\u00e9s a otras personas que est\u00e9n en su misma situaci\u00f3n: Me pongo en contacto con usted por si pudiera orientarme ya que es muy probable que a mediados de enero vaya a ser despedida de mi empleo actual y [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":80,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[6,16,36,53,65],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/users\/80"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=64"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=64"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=64"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=64"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}