{"id":69,"date":"2014-03-25T13:01:21","date_gmt":"2014-03-25T12:01:21","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/?p=69"},"modified":"2014-03-25T13:01:21","modified_gmt":"2014-03-25T12:01:21","slug":"empresa-que-cierra-pero-continua-su-actividad-con-otro-nombre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/2014\/03\/25\/empresa-que-cierra-pero-continua-su-actividad-con-otro-nombre\/","title":{"rendered":"Empresa que cierra pero contin\u00faa su actividad con otro nombre"},"content":{"rendered":"<p>J:M. me plantea la siguiente consulta por correo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>&#8220;Soy una persona que el a\u00f1o pasado se qued\u00f3 sin trabajo, despu\u00e9s de 30 a\u00f1os en la empresa, ya que \u00e9sta present\u00f3 un Concurso de Acreedores de extinci\u00f3n, posterior a un ERE.<br \/>\nPuede la empresa seguir publicando su p\u00e1gina web, y tambi\u00e9n sus placas de publicidad, y por otra parte, desviar el trabajo y los pedidos hacia otra empresa con distinto nombre, pero mismos socios?&#8221;<\/p>\n<p>Habr\u00eda que analizar en profundidad el supuesto en concreto, pero con los datos aportados parece que estamos ante una sucesi\u00f3n de empresas encubierta. Si se hubiera impugnado en plazo (20 d\u00edas desde la fecha de la extinci\u00f3n del contrato) o se hubiera argumentado y probado por parte de los trabajadores en el proceso del concurso de acreedores y as\u00ed hubiera sido estimado por el juez, implicar\u00eda que los despidos habr\u00edan sido nulos ya que la empresa sucesora deber\u00eda mantener los contratos de trabajo de la empresa extinta. En cualquier caso es una cuesti\u00f3n de dif\u00edcil prueba y, como digo habr\u00eda que estar a cada caso en cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>La jurisprudencia entiende que existe sucesi\u00f3n cuando hay continuidad en la actividad empresarial, y para ello cobra suma importancia comprobar el objeto de la actividad que desarrollan ambas empresas, as\u00ed como las circunstancias del lugar en que lo efect\u00faan, los medios humanos y materiales con que lo hacen y el momento en que cada cual la lleva a cabo. Se requiere que el objeto transmitido sea la empresa en su conjunto, alguno de sus centros de trabajo o, incluso, una de sus unidades productivas con capacidad para funcionar aut\u00f3nomamente, no considerando que existe esa sucesi\u00f3n cuando lo que se transmite son elementos patrimoniales aislados. El hecho de que la nueva empresa est\u00e9 vinculada a los socios de la que se haya extinguido no implica en s\u00ed mismo ning\u00fan tipo de fraude sino que debe apreciarse una continuaci\u00f3n efectiva de la explotaci\u00f3n entre las empresas, porque se han transmitido materiales, clientela, m\u00e9todos de trabajo, medios de explotaci\u00f3n o un n\u00famero significativo de trabajadores.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>J:M. me plantea la siguiente consulta por correo electr\u00f3nico: &#8220;Soy una persona que el a\u00f1o pasado se qued\u00f3 sin trabajo, despu\u00e9s de 30 a\u00f1os en la empresa, ya que \u00e9sta present\u00f3 un Concurso de Acreedores de extinci\u00f3n, posterior a un ERE. Puede la empresa seguir publicando su p\u00e1gina web, y tambi\u00e9n sus placas de publicidad, [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":80,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[17,21,36,97],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69"}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/users\/80"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=69"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=69"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=69"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=69"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}