{"id":84,"date":"2014-09-19T12:55:26","date_gmt":"2014-09-19T10:55:26","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/?p=84"},"modified":"2014-09-19T12:55:26","modified_gmt":"2014-09-19T10:55:26","slug":"consultas-varias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.diariovasco.com\/consultorio-laboral\/2014\/09\/19\/consultas-varias\/","title":{"rendered":"Consultas varias"},"content":{"rendered":"<p>Este nuevo post es para dar respuesta a algunas consultas que he recibido a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico sobre diversos temas que no est\u00e1n relacionados con los ya comentados en otras entradas antiguas.<\/p>\n<p>1. <strong>Consulta 1<\/strong>.- Este mes de Agosto he cumplido 55 a\u00f1os.Desde hace 22 a\u00f1os tengo la invalidez permanente total.Por un accidente en alta mar perd\u00ed parte de una pierna.Los \u00faltimos 9 a\u00f1os he trabajado en una escuela cuidando ni\u00f1os..Ahora mismo estoy en el paro que me acaba en Octubre.\u00bfPuedo ya pedir el aumento de mi pensi\u00f3n a la cual tenemos derecho al cumplir los 55 o debo de completar el paro,es decir,hasta Octubre,para solicitar dicho aumento? <\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>.- El incremento del 20% de la pensi\u00f3n de invalidez permanente total al que tiene derecho al haber cumplido los 55 a\u00f1os, s\u00f3lo se suspende en caso de que Ud. est\u00e9 trabajando, por lo que estando en situaci\u00f3n de desempleo entiendo que podr\u00eda solicitarlo en este momento. Como puede optar por la prestaci\u00f3n que m\u00e1s beneficiosa le resulte (de desempleo o de invalidez), supongo que le interesa m\u00e1s solicitar ya la pensi\u00f3n de invalidez permanente con el incremento se\u00f1alado.<\/p>\n<p><strong>2. Consulta 2.<\/strong>&#8211; Tengo 51 a\u00f1os y 31 a\u00f1os de cotizaci\u00f3n en el r\u00e9gimen general de la seguridad social. Mi empresa va a amortizar mi puesto de trabajo como consecuencia de una fusi\u00f3n y me han dicho que podr\u00e9 jubilarme anticipadamente con 63 a\u00f1os. Tambi\u00e9n me han dicho que puedo suscribir un convenio con la seguridad social cuando cumpla 55 a\u00f1os para cotizarme hasta la edad de jubilaci\u00f3n. Yo cobro una pensi\u00f3n de viudedad. Quer\u00eda confirmar que esto es as\u00ed.<\/p>\n<p><strong>Respuesta<\/strong>.- Si le van a despedir como consecuencia de una fusi\u00f3n, supongo que le har\u00e1n un despido objetivo y si es as\u00ed, podr\u00eda anticipar la edad de jubilaci\u00f3n a los 61 a\u00f1os si Ud. contin\u00faa cotizando unos a\u00f1os m\u00e1s (entiendo que valdr\u00eda con 34 a\u00f1os y 6 meses). Efectivamente podr\u00e1 suscribir un convenio especial cuando cumpla los 55 a\u00f1os, el problema es c\u00f3mo llega hasta esa edad una vez agotada la prestaci\u00f3n por desempleo.  En cuanto a la pensi\u00f3n de viudedad, no le afectar\u00eda ya que es compatible con la pension de jubilaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Como os he comentado en anteriores ocasiones, pod\u00e9is seguir mandando vuestras dudas a respondoatusdudas@gmail.com donde os tratar\u00e9 de contestar a trav\u00e9s de este blog.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Este nuevo post es para dar respuesta a algunas consultas que he recibido a trav\u00e9s del correo electr\u00f3nico sobre diversos temas que no est\u00e1n relacionados con los ya comentados en otras entradas antiguas. 1. 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