El reavivamiento de las reclamaciones catalanas en favor de una consulta popular ha vuelto a sacar a la palestra una batería de argumentos en contra, algunos ya ‘vintage’, otros de nueva generación. Aquí se ofrece un escueto repaso de los principales, acompañados de su correspondiente refutación.
1) La cortina de humo: a modo de síntesis, esta teoría apunta a que los picos soberanistas catalanes siempre coincidirían con el alumbramiento de casos de corrupción entre sus gobernantes. Así, la cuestión de la consulta popular sería un señuelo para despistar a la ciudadanía de Cataluña. Amén de presuponer que la ciudadanía española sería tremendamente perspicaz en contraste con la de esa comunidad autónoma -que viviría en la inopia, la pobre, y que de no ser por los avisos de Madrid no se daría cuenta de la artimaña-, este relato hace aguas a la vista de la nula penalización social que la corrupción cosecha entre el electorado español, un fenómeno que resultaría insólito en Europa de no ser por la existencia de Italia. Naufraga también en el terreno de la realidad, dado que el impulso soberanista catalán es obra de la sociedad civil, desbordando a los partidos políticos que la representan. En cualquier caso y como tantos otros argumentos en la misma línea, serviría para desaconsejar el voto afirmativo en caso de consulta, no para vetar su celebración.
2) La mayoría silenciosa: esta argumentación se sitúa entre las de nuevo cuño. Consiste en restar al total del censo de la comunidad la cifra de participantes en la cadena de la Vía Catalana. Obvia que lo mismo se podría hacer con la convocatoria que el propio PP de Alicia Sánchez Camacho celebró en la Diada. Así, si la cadena humana convocó a un total de menos seis millones de catalanes, la del Partido Popular cosechó la aún más pasmosa de menos siete millones largos, dado que apenas 200 personas secundaron su acto.
3) La hipótesis euro: una eventual secesión de Cataluña conllevaría su inmediata expulsión de la Unión Europea, a estas alturas, mucho más un mercado que una entidad política. La UE renunciaría así a siete millones de consumidores que verían caer su PIB en torno a un 25%. El argumento, sólo válido en el caso de que la declaración de independencia fuera unilateral y no pactada, soslaya un dato no menos importante: en cuánto disminuiría el PIB de una España sin Cataluña. En todo caso, esto debería servir para decantar en un sentido el voto de los catalanes, no para proscribirlo.
4) El semáforo en rojo: otra ocurrencia de última hora, en este caso, formulada y desarrollada ayer mismo por el escritor Javier Cercas. Se basa en la peregrina idea de que, así, en abstracto, la ley siempre protege al más débil. “Uno -viene a decir Cercas- no puede dedicir si respeta o no los semáforos en rojo”. Cosas de la vida, coincide en el tiempo y a la vez engarza con el discurso de Rosa Díez: “Uno no puede decir si circula o no a 140 kilómetros por hora en una autopista”. Así, según Cercas y Díez, Rosa Parks jamás debió sentarse en un asiento de autobús reservado a los blancos -otra ley destinada a proteger al más débil, supongo-, sino que lo que debería de haber hecho es conseguir que el estado de Alabama cambiara las leyes y una vez logrado, sentarse en el asiento de los blancos. Parks se saltó la ley a la torera y acabó en la cárcel, al igual que quienes en España se negaron a cumplir el extinto Servicio Militar y el sustitutorio, sin modificar previamente las leyes. A ojos de Cercas, todos ellos constituyen un grupo de autoritarios.
5) El sujeto de soberanía: aliñado con las afirmaciones más rocambolescas -tales como que España se autodeterminó hace 500 años, etc.- se trata del argumento más veterano en contra del derecho de Cataluña a decidir. Dado que la secesión catalana no sólo afectaría a la hoy comunidad autónoma, sino al conjunto de España, sería esta última la que debería votar. Dejando a un lado que no explica por qué no votó La Rioja el Estatuto de Gernika, dadas las múltiples implicaciones que de la soberanía fiscal vasca se derivan sobre las comunidades vecinas -tal y como han evidenciado sus recursos ante la UE-, este argumento colisiona con la doctrina del Tribunal Supremo canadiense, que deposita en Quebec la capacidad de decisión y sólo en el conjunto de Canadá la negociación de las condiciones en las que ésta se ejercería. En cualquier caso, constituye una falacia. España tampoco permitiría jamás que el conjunto de su población votara en reférendum sobre el futuro de Cataluña o del País Vasco, ante el riesgo de verse desbordada por un resultado imposible de gestionar.