La sucesión de acontecimientos de calado histórico que vivimos -en la que el cambio del mapa del tiempo de ETB sería el último episodio- amenaza con hacer que pasen desapercibidos otros hechos noticiables, no por cotidianos menos interesantes.
Es el caso de la sentencia conocida ayer que condena al ciclista nudista y ahora también exhiBICIonista Irwin a un año de cárcel por un delito vulgo conocido como circular en pelotas.
Los hechos tuvieron lugar el 30 de mayo de 2009, a eso de las 14.40 horas, cuando coincidieron en la donostiarra Plaza de la Brecha el citado deportista, un grupo de niños, otro de disminuidos psíquicos y dos policías municipales. Alguien pensará: “Ya es casualidad” y efectivamente, lo es.
La sentencia, por encima de otras consideraciones, es ante todo y en primer término, una pieza inmortal de literatura del estío que rezuma tinto de verano.
Así, en ella se relata cómo Irwin, tras ser instado a vestirse por los agentes, “aprovechó” el tumulto originado para -¿huir? ¿escaquearse? ¿agredir a los agentes? ¿echar la culpa al calor? No-, adoptar “distintas posturas y poses” y “mostrar su cuerpo desnudo, realzando la zona de las nalgas y de los órganos genitales”.
Cómo consiguió el ciudadano francés semejante proeza gimnástica es algo que seguramente los peritos habrán aclarado en el curso de la vista oral, por mucho que en principio se antoje un ejercicio imposible, dadas las limitaciones del cuerpo humano en materia de contorsión.
La sentencia reconoce que este tipo de acciones “pueden resultar incluso ridículas” para los adultos -ya que lo menciona, quizás un poco, sí-, pero pudieron resultar perjudiciales para el grupo de disminuidos psíquicos presentes en la escena, habituados, por otra parte, a nuestras miradas huidizas, indiferencia y, en último caso, conmiseración, pero por lo visto tremendamente vulnerables al nudismo inopinado del tal Irwin.
Por supuesto, en el texto judicial también se alude a la infancia, cuyos “equilibrio psíquico, parámetros valorativos, y adecuados desarrollo y maduración” se ponen en juego con este tipo de actuaciones.
Y aquí hay que decir que el argumento es inatacable. Porque el impacto psicológico que la desnudez puede causar en unas mentes aún sin profanar y apenas familiarizadas con el cuerpo humano en todo su esplendor, eso, eso no se borra ni viendo la televisión todo el verano. Así que doce meses de cárcel.
Caso cerrado. Que pase el siguiente.