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Emergencia en Haití: comunicado conjunto: Aldeas Infantiles, Cruz Roja, Intermón Oxfam, PLAN, Save the Children y UNICEF España

Madrid, 21 de enero de 2010. Aldeas Infantiles SOS, Cruz Roja, Intermón Oxfam, PLAN, Save the Children y UNICEF España, como organizaciones internacionales de infancia y de acción humanitaria que estamos trabajando en Haití, agradecemos las muestras de solidaridad y los ofrecimientos de colaboración que estamos recibiendo en estos días.

Sin embargo, queremos aclarar que bajo el respeto a la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas de 1989, desaconsejamos tanto el acogimiento como la adopción internacional como formas de dar respuesta en este momento de emergencia a las necesidades de este sector de población.

El principal motivo es que tras una catástrofe natural, existen muchos desaparecidos y eso impide conocer la situación familiar en la que quedan muchos niños y niñas. Además, este tipo de medidas de protección a la infancia que suponen un desarraigo con el entorno de origen, están especialmente desaconsejadas en los momentos inmediatamente posteriores a las catástrofes por las consecuencias emocionales que generan en sus vidas. Está demostrado que la evacuación de niños y niñas víctimas de una catástrofe y su colocación temporal en familias en el extranjero es más traumática que útil. El cambio en el entorno conlleva un nuevo trastorno en sus vidas que se añadiría a los diversos traumas que acaban de vivir. En el caso del acogimiento temporal en el extranjero, el posterior retorno finalizada la fase de emergencia conllevaría una readaptación al contexto social de origen, lo que constituiría un nuevo factor estresante para su desarrollo.

En la fase de urgencia los esfuerzos se concentran en aportarles una protección básica en su entorno habitual de vida: registro a fin de preservar su identificación, alojamiento, alimentación, cuidados médicos y atención afectiva, reagrupándoles con otros menores o adultos de su propia familia o comunidad. La ayuda en la emergencia se debe concentrar en el apoyo a las familias para asegurar su supervivencia, en programas de salud y de alimentación y en la rápida reconstrucción de espacios para la vida familiar y comunitaria.

En el caso de la adopción internacional, excepto en los casos donde el procedimiento estuviera a punto de finalizar, se hace necesario garantizar las condiciones de adoptabilidad de los menores de edad, así como la transparencia en el procedimiento, su total legalidad y toda la información necesaria sobre el niño o niña. Naciones Unidas establece un plazo mínimo de dos años para reiniciar esta medida de protección que siempre ha de ser subsidiaria a otras medidas de atención a la infancia que se puedan ofrecer desde el propio país. En el caso concreto de España, la propia Ley de Adopción Internacional 54/2007 de 28 de diciembre,  en consonancia con el Convenio de la Haya en materia de Adopción Internacional de 1993, impide expresamente llevar a cabo este tipo de actuaciones en el caso de desastres naturales como el de Haití.

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